Circular Fallas 2015
Ante la falta de respuesta al escrito por el que la representación de la UGT en el Ayuntamiento de Llíria solicitaba festivo el 18/20 de marzo, considerando el carácter de municipio de tradición fallera (Consultar petición) y a la vista de los acuerdos adoptados en otras administraciones públicas hace semanas (se incluyen a continuación resoluciones de la Delegación del Gobierno y del Ayuntamiento de Valencia), considerando la ausencia de una decisión concreta en la Mesa de Negociación celebrada el pasado miércoles, 11/03/2015, atendiendo a las consultas formuladas por gran parte de la plantilla de personal, hoy desde la UGT solicitaremos nuevamente al Concejal de RR.HH. que se emita una circular con carácter urgente (cuyo texto se expondrá inmediatamente en este mismo blog).
A las 14:20 del día de la fecha se comunica, desde el Departamento de Personal, que no se ha elaborado todavía la circular sobre la jornada de trabajo durante la semana de fallas. En el momento en que se proceda a su firma se publicará en el blog. Por fín, a las 14:32, recibimos la CIRCULAR FALLAS 2015.
Ante la falta de respuesta al escrito por el que la representación de la UGT en el Ayuntamiento de Llíria solicitaba festivo el 18/20 de marzo, considerando el carácter de municipio de tradición fallera (Consultar petición) y a la vista de los acuerdos adoptados en otras administraciones públicas hace semanas (se incluyen a continuación resoluciones de la Delegación del Gobierno y del Ayuntamiento de Valencia), considerando la ausencia de una decisión concreta en la Mesa de Negociación celebrada el pasado miércoles, 11/03/2015, atendiendo a las consultas formuladas por gran parte de la plantilla de personal, hoy desde la UGT solicitaremos nuevamente al Concejal de RR.HH. que se emita una circular con carácter urgente (cuyo texto se expondrá inmediatamente en este mismo blog).
A las 14:20 del día de la fecha se comunica, desde el Departamento de Personal, que no se ha elaborado todavía la circular sobre la jornada de trabajo durante la semana de fallas. En el momento en que se proceda a su firma se publicará en el blog. Por fín, a las 14:32, recibimos la CIRCULAR FALLAS 2015.
Anuncio de
la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre resolución del
subdelegado del Gobierno de la jornada de trabajo durante las festividades
tradicionales de 2015, para el personal de los servicios periféricos en la
provincia de Valencia
En uso de la competencia que se atribuye a la Subdelegación del Gobierno en el apartado 2.2.3 de la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos;
Y de conformidad con
las previsiones contenidas en el Calendario Laboral de la Delegación del
Gobierno en la Comunidad Valenciana 2015;
Esta Subdelegación
del Gobierno de Valencia aprueba la jornada de trabajo durante las festividades
tradicionales de 2015 para el personal de los servicios periféricos de la
Administración General del Estado.
Primero.- Ámbito de
aplicación
La presente
Resolución será de aplicación al personal funcionario y laboral de la
Administración General del Estado que presta servicios en la Delegación del
Gobierno de la Comunidad Valenciana, Subdelegación del Gobierno de Valencia,
Organismos Autónomos, Agencias comprendidas en el ámbito de aplicación de
la Ley 28/2006 de 18 de julio, las Entidades Gestoras y Servicios Comunes
de la Administración de la Seguridad Social y las unidades administrativas y
servicios provinciales no integrados de todos los Departamentos Ministeriales
en la provincia.
Segundo.- Jornada de
trabajo durante las festividades tradicionales
1.- Con motivo de la celebración de las festividades tradicionales en cada localidad de la provincia de Valencia, donde existan órganos o unidades de la Administración General del Estado, el personal destinado en los mismos, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá reducir la jornada de trabajo en tres horas durante los cuatro días laborales anteriores a la festividad principal y el día laboral posterior a la misma.
1.- Con motivo de la celebración de las festividades tradicionales en cada localidad de la provincia de Valencia, donde existan órganos o unidades de la Administración General del Estado, el personal destinado en los mismos, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá reducir la jornada de trabajo en tres horas durante los cuatro días laborales anteriores a la festividad principal y el día laboral posterior a la misma.
En todo caso, los
Centros deberán permanecer abiertos en horario de atención al público de nueve
a catorce horas y las Oficinas de Información y Registro de nueve a diecisiete
treinta horas de lunes a viernes y de nueve a catorce horas los sábados.
Cada Centro
organizará los turnos de trabajo a realizar durante los días a que se refiere
esta Resolución, de acuerdo con las necesidades del servicio.
2.- Así mismo, durante este periodo el tiempo mínimo de permanencia obligada será de cuatro horas diarias, pudiendo el empleado público elegir entre realizar un horario de 9,00 a 13,00 horas o de 10,00 a 14,00 horas, completando el resto de la jornada semanal en horario flexible.
2.- Así mismo, durante este periodo el tiempo mínimo de permanencia obligada será de cuatro horas diarias, pudiendo el empleado público elegir entre realizar un horario de 9,00 a 13,00 horas o de 10,00 a 14,00 horas, completando el resto de la jornada semanal en horario flexible.
3.- La parte
vespertina de la jornada del personal en régimen de especial dedicación se
determinará por el Jefe de la Unidad de destino.
4.- En los supuestos
de trabajo a turnos, así como en los centros que tengan singularidades en la
prestación de servicios, la distribución de la reducción horaria del punto 1
será objeto de negociación entre la Dirección de cada Centro y las
representaciones sindicales correspondientes.
Tercero.- Acumulación
Dentro del periodo
expresado en el apartado 2.1, se podrá acumular de forma individual por cada
empleado público la reducción de cinco días en dos días completos. La
determinación de estos días concretos de compensación se realizará previa
autorización de sus superiores, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Cuarto.- Festividad
de Fallas
En la ciudad de
Valencia y en aquellas localidades de la provincia de Valencia donde la
festividad principal sea la de Fallas y, de acuerdo con lo dispuesto en el
Apartado Segundo, punto 1, la jornada se reducirá tres horas los días 13, 16,
17, 18 y 20 de marzo de 2015. La reducción correspondiente a los citados días
podrá, a petición del empleado público y siempre que queden cubiertas las
necesidades del servicio, acumularse en dos días de entre los indicados 13, 16,
17, 18 y 20 de marzo de 2015. Uno de ellos será necesariamente el día 18 para
el personal que preste servicios en oficinas que, de acuerdo con la normativa
vigente, permanezcan cerradas dicho día.
La acumulación
referida, no se verá reducida aunque el empleado disfrute permiso por asuntos
particulares los días 13, 16, 17,18 ó 20 de marzo.
Quinto.- Festividades en otros municipios
Quinto.- Festividades en otros municipios
En el resto de
localidades de la provincia de Valencia, con fiestas tradicionales distintas de
las de Fallas, los Jefes de los órganos administrativos efectuarán la
correspondiente propuesta a esta Subdelegación del Gobierno, bajo la premisa de
aplicación análoga de lo previsto en esta Resolución, sin que pueda en ningún
caso superarse las reducciones horarias previstas en la presente Resolución.
Sexto. –Vigencia
Sexto. –Vigencia
La presente
Resolución tendrá vigencia durante el año 2015.
Valencia, 2 de
febrero de 2015.-El subdelegado del Gobierno, Juan Carlos Valderrama Zurián.
Aprobado el
horario de fallas para la plantilla del ayuntamiento de Valencia
La Mesa de
Negociación de hoy, día 4/03/2015, ha aprobado el horario de fallas. Éste se
aplicará al horario genérico y a los especiales de similares características
para su disfrute o compensación.
HORARIO APROBADO:
Día 18 de Marzo, festivo
Días 10, 11 y 12:
reducción de horario tronco en 1 hora. Es decir horario tronco de 9 a 13.30 (Se
tiene que recuperar).
Días 13, 16 y 17:
reducción de la jornada en 2 horas cada día (no recuperables). Horario tronco
de 9 a 13.30
Día 20: reducción de
1,5 horas (no recuperables).
Horario tronco de 9 a
14 h
Posibilidad de acumular
las reducciones para cogerse 1 día de compensación del 13 al 20 de marzo
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